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Ayer ha entrado en vigor la nueva Ley de Crédito Inmobiliario o conocida comúnmente como ley hipotecaria, esta introduce una serie de cambios en la contratación de los créditos para la vivienda. Los principales afectados por estos cambios son los notarios, bancos y consumidores.
Norma más estricta: La nueva norma establece unos requisitos más estrictos de sus condiciones de solvencia para reducir los impagos. Es obligatorio para los bancos consultar el historial crediticio de los clientes en la Central de Información de Riesgos del Banco de España. El banco a su vez deberá remitir su contrato con al menos 10 días antes de la firma para que el cliente lo pueda analizar exhaustivamente.
¿Seguirá existiendo las cláusulas suelo? No. La nueva ley prohíbe estos tipos de conceptos y define, en su artículo 21.3, que "en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés".
¿Estoy obligado a contratar otros seguros? No. El consumidor podrá contratar con libertad otros productos vinculados como pólizas de hogar, seguros o planes de pensiones.